La IA y el derecho disciplinario: ¿sustituirá a la autoridad disciplinaria?

Introducción

En días pasados tuve la oportunidad de participar en el VIII Congreso de Derecho Disciplinario organizado por la Personería de Bogotá[1]. La temática en dicho congreso era transversal[2]. Todas las conferencias y paneles estaban relacionados con la inteligencia artificial y de qué manera ésta inteligencia impactará al derecho disciplinario.

En esa oportunidad moderé un panel en el que se analizó la sentencia de la Corte Constitucional T-323 de 2024 que, a la fecha, es una sentencia importantísima porque estudia la relación entre tecnología y derecho y fija unos principios para la regulación de la inteligencia artificial en materia judicial. 

Pese a la importancia de muchos aspectos que trata la sentencia, hay uno que me llamó poderosamente la atención. La Corte trata de poner en su sitio a la inteligencia artificial, de tal modo que establece que esta herramienta tecnológica no puede sustituir a la autoridad judicial. 

En ese sentido, si bien es cierto la jurisprudencia se refirió a la actividad del juez; también es verdad que todos sus planteamientos pueden ser trasladados a todas las autoridades administrativas, inclusive, a las autoridades disciplinarias, a saber: procuradores, personeros y jefes de control interno disciplinario. 

La sentencia de la Corte dice con claridad en uno de sus principios que no se puede sustituir a la persona humana, para lo cual impone el principio de la necesidad de la racionalidad humana y del control humano. 

Es comprensible el afán de la Corte por establecer que de ninguna manera la inteligencia artificial puede reemplazar a ninguna autoridad, porque es necesario el direccionamiento y la decisión de la persona humana. 

Sin embargo, creemos que no hay que llamarnos a engaños. No hay que ser ingenuos. La inteligencia artificial no llegó solamente como una herramienta que ayude a la persona humana para el ejercicio de sus funciones. A juzgar por sus fundamentos, la inteligencia artificial tiene la pretensión última de sustituir o reemplazar a la persona humana.  

Surge entonces una cuestión determinante a la hora de abordar el futuro de la inteligencia artificial en el derecho y, específicamente, en el derecho disciplinario. Debemos establecer ¿cuál es el fundamento filosófico que le subyace?   

Sin duda la base filosófica que está detrás de la inteligencia artificial es la corriente de pensamiento denominada modernamente como transhumanismo. Se define como una filosofía futurista que abarca los deseos de bienestar siempre presentes en el hombre a lo largo de la historia, y plantea su consecución a partir del uso de tecnologías modernas, en lo que denomina como un proceso de evolución dirigida por el hombre mismo.[3] Pero esa evolución pretenderá finalmente sustituir a la persona humana que es considerada como un estadio transitorio para alcanzar la inmortalidad mediante la tecnología.

En efecto, se conoce que existe el megamovimiento Rusia 2045 creado en el Congreso Internacional Global Future 2045 celebrado en Moscú en febrero de 2012, con el propósito claro de iniciar una carrera por la inmortalidad cibernética, en donde los cuerpos hechos de nanorrobots podrán adoptar cualquier forma o convivir con cuerpos holográficos. Según este movimiento, para el 2045 veremos cambios drásticos de estructura social y nacerá una nueva era. La era de la neohumanidad.[4]

Para este movimiento, en 2025, la nueva generación de avatar transmitirá completamente las sensaciones de los cinco órganos sensoriales robóticos al operador. En 2030, ya estarán en una fase inicial los planes para crear el RE-Brain, el colosal proyecto consistente en aplicar un proceso de ingeniería inversa al cerebro. La ciencia mundial está muy cerca de conocer los principios de la conciencia. Los científicos están convencidos de que en 2035 se logrará por primera vez transferir con éxito la personalidad de una persona aun portador alternativo.

El transhumanismo alberga con la ayuda de la tecnología y la ciencia la pretensión de crear nuevos superhombres que sean perfectos e inmortales, cumpliendo el anhelo reprimido de la vida eterna en este mundo y desafiando la propia naturaleza del hombre.

Dicho lo anterior que parecería de ciencia ficción pero que en verdad goza de mucha realidad, la inteligencia artificial como parte de este movimiento transhumanista pretenderá hacia un futuro no muy lejano sustituir o reemplazar a la persona humana.

Ya lo decía el profesor español Ayuso, quien, refiriéndose a Bertrand de Jouvenel, y a la dominación de la tecnología sobre la persona humana decía que: pronto sorprenderá -añadía- que la prodigiosa expansión de las “artes de los medios” (tecnología) haya tardado tanto en ser seguida por la de las “artes del consejo”, pero esta última habrá de producirse con toda seguridad en lo que queda de siglo. La conclusión, pues, que resulta de una gran urgencia, no puede ser otra, sino que las ciencias morales se dediquen a la previsión, pues, de no hacerlo, la necesidad social a este respecto no tardaría en llenarse y satisfacerse por la tecnología. Con lo que una actitud desarrollada hasta el momento solo en lo que tocaba los objetos, se extendería  a los sujetos, enseñándose a manejarlos como objetos.[5]

La cosificación de la persona humana que dejaría de ser sujeto para convertirse en objeto por virtud de los avances de la tecnología, fue la visión del autor inglés C.S. Lewis, quien en su famoso opúsculo sobre la abolición del hombre predice la realidad que estamos viviendo. Decía que: la conquista de la naturaleza, si se cumple el sueño de ciertos científicos planificadores, resultará ser el proyecto de algunos cientos de hombres sobre miles de millones de ellos. Ni hay ni puede haber incremento alguno del poder por parte del hombre. Todo poder conquistado por el hombre es también un poder ejercido sobre el hombre. En toda victoria, el general, además de triunfar, es también el esclavo que sigue al coche triunfal.[6]

Ojalá nos equivoquemos. Pero en un futuro cercano veremos cómo la inteligencia artificial sustituirá al personal encargado de proyectar las decisiones de cualquier índole, a saber, judicial, administrativa o disciplinaria. No será extraño ver cómo la inteligencia artificial sustituya a los sustanciadores o a los asesores que generalmente proyectan las decisiones en los despachos de las autoridades disciplinarias. Es una realidad que la inteligencia artificial en su modalidad generativa es mucho más veloz y con mayor capacidad de acierto por la gran cantidad de información que puede acumular superando de este modo a la persona humana.

Y cavilando un poco más sobre el futuro. Si esta circunstancia se llegara a dar, si esta problemática de sustitución en los despachos de las personas que proyectan las decisiones se llegara a consolidar; no se nos haga extraño que, acto seguido, la inteligencia artificial con todo su avance pueda llegar a sustituir a las mismas autoridades disciplinarias. 

Tanta queja sobre la congestión, sobre la ineficacia en la resolución pronta de los asuntos, sobre los sesgos propios de la obra humana que es limitada que es imperfecta. Este es el escenario propicio para que la sociedad prefiera entonces acudir a la inteligencia artificial ya no como herramienta sino como la causa eficiente de la justicia y por supuesto también de la justicia disciplinaria, pues, como lo decía el profesor español la necesidad social a este respecto no tardaría en llenarse y satisfacerse por la tecnología.

Esperemos equivocarnos. No vaya a ser que esto de la Inteligencia Artificial sea un mal, con apariencia de bien. 


[1] Se realizó en Bogotá D.C, los días 9 y 10 de diciembre de 2024.

[2] Se denominó: La inteligencia artificial aplicada al derecho disciplinario: Oportunidades y desafíos.

[3] ¿Qué es el Transhumanismo? La ampliación del bienestar a través del futuro común del hombre y de la tecnología por Piero Gayozzo.

[4] Daniel Estulin. El Club de los Inmortales. Ediciones B,S.A, 2013. Páginas 203 y 204.

[5] Miguel Ayuso Torres. La disolución de la política en la era del poshumanismo. Ed. Dykinson S.L. Página 24.

[6] C.S. Lewis. La abolición del hombre. Encuentro Ediciones. Página 59.


Juan Carlos Novoa Buendía

Presidente de la Asociación Colombiana de Derecho Disciplinario

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2 respuestas

  1. Con el pasar del tiempo actual la tecnologia trasciende en la rama judicial, a través de las herramientas de la IA, que de hecho va a ser complemento y ayuda para fortalecer las distintas ramas del derecho, que por lo tanto no es de tener miedo; como lo afirma las altas cortes, que nunca van a sustituir lo humano, eso es tener miedo a que las remplacen los algoritmos si no actuan con forme a derecho en las decisiones, que vayan en contra erroneamente con los derechos fundamentales, el debido proceso, en especial en materia de tutelas al incurrir en via de hecho relacionado con tutelas contra jurisdicciones. y aqui puede entrar a actuar el derecho disciplinario.

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